Portada
y estadísticas
Sección 1
Disposiciones
generales
1
Sección 2
Autoridades
y personal
2
Sección 3
Otras
disposiciones
3
Sección 4
Administración
de Justicia
4
Sección 5
Anuncios
5
Sección T
Tribunal
Constitucional
T
Suplemento
Notificaciones
N
Tablón Edictal
Judicial Único
E
Resolución
|
30 enero 2026
|
Estatal
|
Comisionado para el Mercado de Tabacos

Tabaco. Precios

La resolución detalla los precios de venta al público (PVP) de diversas labores de tabaco en España, conforme a la ley 13/1998. Se establecen precios específicos para cigarrillos, cigarros, picaduras de liar y pipa, entre otros, con el objetivo de regular el mercado de tabacos. La aplicación será inmediata tras su publicación en el BOE.
Objetivo
El objetivo principal de la disposición es regular los precios de venta al público (PVP) de ciertas labores de tabaco, garantizando la transparencia y el control del mercado tabacalero.
Modificaciones
Esta disposición introduce cambios en los precios de venta al público en comparación con normativas anteriores, asegurando precios estandarizados en la Península y Baleares.
Puntos clave
Los puntos claves incluyen la publicación detallada de los PVP para cigarrillos, cigarros y picaduras, estableciendo la obligación de que estos precios sean aplicados en los expendedurías de tabaco.
Beneficiarios e impacto
Los beneficiarios son los consumidores y expendedores de tabaco, mientras que podría haber afectación en los fabricantes. El impacto social y económico esperado es una mayor transparencia en el mercado tabacalero.
Consecuencias
El incumplimiento de esta disposición podría llevar a sanciones administrativas. La norma debe ser interpretada y aplicada conforme a los precios establecidos para asegurar el orden en el mercado.
Desarrollos
En el futuro, podrían surgir modificaciones relacionadas con los PVP, según las dinámicas del mercado y nuevas regulaciones en la legislación tributaria española.
Resolución
|
26 enero 2026
|
Estatal
|
Banco de España

Banco de España. Reglamento

La reciente modificación del Reglamento Interno del Banco de España busca fortalecer el control interno, modernizar sesiones y sanciones, alineándose con estándares internacionales. Además, se instituye una Oficina Independiente de Evaluaciones y se prescinde de trámites públicos dados los cambios organizativos propuestos.
Objetivo
El objetivo fundamental de la disposición es fortalecer el control interno mediante la modernización de los procedimientos y la institucionalización de la Oficina Independiente de Evaluaciones para garantizar una mejor auditoría y gobernanza.
Modificaciones
La disposición introduce cambios significativos como la modernización del régimen de sesiones del Consejo y la eliminación de ciertos trámites previos a la sanción, haciendo hincapié en la eficiencia y la seguridad jurídica.
Puntos clave
Los puntos clave incluyen:
  • refuerzo de la Comisión de Auditoría;
  • modernización de sesiones;
  • precisión en el régimen sancionador;
  • adaptación de denominaciones organizativas;
  • institucionalización de la Oficina Independiente de Evaluaciones.
  • Beneficiarios e impacto
    Los principales beneficiarios de esta norma son los organismos internos del Banco de España. El impacto social y económico se centra en la eficiencia operativa y la transparencia en la gestión pública.
    Consecuencias
    El incumplimiento de la disposición podría resultar en falta de control interno y posibles sanciones para el personal responsable, mientras que su aplicación práctica se detalla en procedimientos específicos establecidos.
    Desarrollos
    Futuros desarrollos podrían incluir adaptaciones adicionales en los procedimientos o la creación de nuevas unidades dentro de la estructura organizativa del Banco de España, aumentando así su eficacia y transparencia.

    ¿TE AYUDÓ?

    COMPÁRTELA

    ¿Tienes alguna pregunta sobre legislación?

    Recuerda que Justicio es el archivero de la legislación estatal, autonómica y europea

    consultas
    disponibles hoy
    Actualizado 04 Feb 2026 04:08h
    Justicio no tiene ninguna relación comercial ni contractual con el Boletín Oficial del Estado
    ni con Boe.es, siendo este proyecto una interpretación visual y semántica de su contenido
    para facilitar la lectura y comprensión de sus contenidos.